La Autoridad de Vivienda del Condado de Santa Cruz es una agencia pública comprometida a brindar servicios esenciales mientras sigue las directivas de salud pública para reducir la propagación del coronavirus. El condado de Santa Cruz emitió una orden de Refugio en el lugar para evitar una mayor propagación de COVID-19. Como resultado de esta directiva, la Autoridad de Vivienda ha suspendido el acceso público a la oficina principal hasta que se levante la directiva de Refugio en el lugar. A continuación se encuentran las respuestas a algunas preguntas frecuentes sobre cómo nuestra Agencia brinda servicios continuos y cómo trabajar con la Autoridad de Vivienda durante la pandemia. Si tiene preguntas adicionales, no dude en enviarnos un correo electrónico a [email protected] o llámenos al (831) 454-9455.
Actualizado 5.2021

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participante en el programa
Los propietarios
Solicitantes de la lista de espera
Titulares de cupones que actualmente buscan vivienda
Información del contacto

Participantes del programa

¿Cómo informo un cambio en los ingresos o en la composición familiar? Los cambios en los ingresos y la composición familiar se pueden enviar por correo postal, correo electrónico, portal web, buzón o fax. Puede utilizar el Portal en línea en nuestro sitio web y seleccionar Portal para residentes para enviar cambios. Si aún no ha recibido un código de registro para el portal web, comuníquese con nuestro personal de Elegibilidad y Ocupación. Puedes leer Consejos para informar cambios en el portal. Si no puede comunicarse con nosotros de una de estas formas, llame a nuestro Centro de información al (831) 454-5955 y podremos tomar su información por teléfono. También puede utilizar el formulario Informe de cambios de ingresos para informar cualquier cambio de ingresos. La mayoría de los formularios están disponibles. aquí. En este momento, usted puede autocertificarse ante un cambio de ingresos o de composición familiar. Si su familia está experimentando algún cambio, comuníquese con nosotros para que podamos ajustar su subsidio lo más rápido posible.

¿Qué hago si perdí mi trabajo debido al COVID-19 (Coronavirus)? Notifique a la Autoridad de Vivienda de inmediato para que se pueda ajustar su alquiler. A las familias que hayan dejado de trabajar debido a la pandemia se les quitarán los salarios. Debe informar este cambio para que se pueda realizar un período provisional. La fecha de vigencia del cambio provisional y en sus ingresos entrará en vigencia el primer día del mes posterior a que usted informe el cambio de ingresos. Cuando informe el inicio de los beneficios del seguro de desempleo, el seguro por incapacidad o el permiso familiar remunerado, esos beneficios se agregarán con un período provisional separado.

¿Qué pasa si no puedo proporcionar verificación de mi empleador sobre un cambio de ingresos? Procesaremos el cambio de ingresos lo antes posible. Debido a Shelter in Place, aceptamos autocertificaciones.

¿Qué pasa si estoy pasando por el proceso de reexamen y todavía necesito presentar documentos? Puede utilizar el Portal en línea en nuestro sitio web para su reexamen anual. Seleccione Portal para residentes. Si aún no ha recibido un código de registro para el portal, comuníquese con nuestro personal de Elegibilidad y Ocupación. Los reexámenes anuales podrán posponerse. Además, en este momento no solicitamos documentos de verificación para los reexámenes anuales y podemos completar su reexamen en función de las autocertificaciones. Nos comunicaremos con usted con una nueva solicitud si aún necesitamos información. Si necesita ayuda para completar sus reexámenes, le ofrecemos completarlos con usted por teléfono.

¿Qué pasa si el arrendador aumenta el alquiler del contrato? El arrendador y usted deben notificar a la Autoridad de Vivienda por escrito sobre cualquier aumento del contrato de alquiler; La Autoridad de Vivienda revisará y enviará una notificación por escrito tanto al inquilino como al propietario sobre cualquier cambio en su parte del alquiler.

¿Mi desempleo y estímulo “mejorados” de la Ley CARES se cuentan como ingresos? Si bien los beneficios de desempleo regulares se consideran ingresos, excluiremos el aumento de $600 por semana proporcionado por la Ley CARES porque estos pagos son temporales/no recurrentes y es probable que finalicen una vez que finalice la emergencia pandémica. Los pagos de estímulo pendientes que se realizan directamente a personas y familias se excluirán de los ingresos anuales, ya que, nuevamente, son pagos temporales/no recurrentes.

Necesito formularios; donde puedo conseguirlos? La mayoría de los formularios están disponibles en nuestro sitio web. aquí. O llame a nuestro Centro de información al (831) 454-5955 para solicitar que le envíen los formularios por correo.

¿Podemos enviar documentos por correo electrónico a la Autoridad de Vivienda? Sí. Le animamos a enviar documentos a través de nuestro correo web general en [email protected]. Estos correos electrónicos se enviarán al personal correspondiente. Proporcione su información de contacto en su correo electrónico, junto con cualquier pregunta, documento o formulario, para que podamos comunicarnos con usted.

¿Qué pasa si se supone que mi inspección anual debe programarse durante el período de Refugio en el lugar? Una vez que se levante la directiva de Refugio en el lugar, nos comunicaremos con usted para programar una fecha y hora de inspección.

Tengo un Contrato de Autosuficiencia Familiar (FSS) pero la escuela y el trabajo están cerrados; ¿Qué puedo hacer? Los Contratos de Participación del FSS pueden recibir extensiones de 2 años utilizando COVID-19 como “buena causa”. Comuníquese con nosotros para discutir una extensión de su contrato FSS.

Vivo en LIPH y tengo un requisito de Servicio Comunitario/Autosuficiencia que no puedo cumplir porque las agencias comunitarias, el trabajo y la escuela están cerrados; ¿Qué puedo hacer? Los requisitos de servicio comunitario están suspendidos temporalmente.

¿Puedo dejar de pagar el alquiler u obtener una exención? Los inquilinos todavía deben seguir pagando el alquiler al propietario. También puede comunicarse con defensores legales locales para obtener ayuda, como Asistencia Legal Rural de California (CRLA). HUD tiene información para inquilinos y propietarios sobre acuerdos de pago y otras soluciones para la prevención de desalojos. Hacer clic aquí para información.

Moratoria de desalojos de la ciudad de Santa Cruz
Moratoria de desalojo de la ciudad de Capitola
Moratoria de desalojo de la ciudad de Watsonville
Moratoria de desalojo del condado de Santa Cruz (no incorporada)
Moratoria de desalojos del estado de California

HUD tiene información para inquilinos y propietarios sobre acuerdos de pago y otras soluciones para la prevención de desalojos. Hacer clic aquí para información.

¿Qué pasa si necesito más ayuda, conseguir alimentos, suministros o atención médica? Actualmente hay muchos programas y servicios nuevos disponibles para ayudar a cualquier persona que necesite asistencia durante la pandemia de COVID-19. Llame al "211", que es un centro de información administrado por United Way. Pueden informarle sobre programas y servicios para los que puede ser elegible.

Los propietarios

¿Está abierta nuestra oficina?
El vestíbulo de nuestra oficina está actualmente cerrado al público. El personal trabaja de forma remota o en la oficina. Puede comunicarse con nosotros por teléfono, carta, correo electrónico o fax.
(831) 454-9455
[email protected]
Autoridad de Vivienda del Condado de Santa Cruz, 2160 41st Ave., Capitola, CA 9501
Número de fax (831) 469-3712
Buzón ubicado en el lado izquierdo de las puertas del vestíbulo

El portal web requiere una cuenta de correo electrónico; el enlace del portal se encuentra en nuestro sitio web en Portales en línea.

Soy un nuevo propietario y necesito información sobre el programa.. Por favor llame al (831) 454-9455, ext. 217. La Autoridad de Vivienda está facilitando que los propietarios obtengan ayuda con la documentación o respondan preguntas relacionadas con el Programa de vales de elección de vivienda (sección 8). Si prefiere comunicarse con la Autoridad de Vivienda por correo electrónico, envíe sus preguntas directamente al Departamento de Administración de Propiedades al [email protected]. El Departamento de Administración de Propiedades responderá a su pregunta por teléfono o correo electrónico dentro de un día hábil. Línea de fax directa: Para los propietarios que prefieren enviar la documentación por fax, tenemos una línea de fax directa dedicada al Departamento de Administración de Propiedades al (831)469-0136. Línea telefónica directa: Los propietarios también pueden llamar a la línea telefónica del propietario al (831) 454-9455, ext. 217 para obtener ayuda con cualquier pregunta o dar seguimiento a cualquier asunto abierto. Todas las llamadas a esta línea telefónica serán devueltas el mismo día.

¿Aún se están procesando los aumentos de alquiler? Sí. HUD tiene información y ejemplos sobre acuerdos de pago para evitar desalojos costosos y disruptivos. Hacer clic aquí para un folleto para propietarios.

Para hogares en la lista de espera o que han sido invitados recientemente a enviar su solicitud

Estoy en lista de espera; ¿Cómo le hago saber que mi situación ha cambiado? Todos los cambios en su dirección postal o número de teléfono deben informarse por escrito. Puede completar y enviar un formulario de Estado de la lista de espera para informar cambios. La mayoría de los formularios están disponibles. aquí. También puede enviar sus cambios por FAX, correo postal o al buzón ubicado afuera de la puerta de nuestra oficina.

¿Se están emitiendo nuevos vales? Si bien las admisiones regulares en la lista de espera se posponen temporalmente, continuamos emitiendo vales para personas sin hogar y vales para programas especiales: que incluyen Vivienda de apoyo asistida para veteranos (HUD-VASH), personas sin hogar médicamente vulnerables y discapacitadas, familias sin hogar con niños menores, Shelter Plus Care, jóvenes sin hogar. con Discapacidad (Nuevas Raíces) y Programa de Unificación Familiar (FUP). Una vez que la Autoridad de Vivienda esté lista para reanudar las admisiones regulares en la lista de espera, continuaremos donde se quedó el proceso y continuaremos determinando su elegibilidad para participar en el programa. Nos pondremos en contacto contigo, por lo que no es necesario que nos llames.

Mis documentos vencen durante el cierre de la oficina. ¿Qué tengo que hacer? Puede enviar por correo, fax, correo electrónico o dejar documentos en el buzón de la Autoridad de Vivienda; si necesita más tiempo, se concederán prórrogas.

¿Cuándo se reprogramará mi cita inicial de elegibilidad o de información? Actualmente estamos realizando estas citas y sesiones informativas por teléfono y nos comunicamos con los solicitantes cuando estemos listos para procesar su solicitud.

Para hogares con bono activo, en búsqueda de vivienda

Tengo un vale y estoy buscando una unidad, pero no puedo salir de mi casa debido a la orden de Refugio en Casa. ¿Me darán más tiempo para encontrar una unidad porque no puedo salir de mi casa? Sí, aquellos bonos que aún estén activos (buscando, AR vigentes) con fechas de emisión Antes de El 1 de enero de 2020 que vencen antes del 1 de diciembre de 2021, recibirán una extensión de vale hasta el 1 de diciembre de 2021. Los titulares de vales que entren en esta categoría recibirán por correo una notificación de esta extensión, con un nuevo RTA. Este es un año adicional de tiempo de búsqueda.

Tengo un vale y encontré una unidad con un propietario que aceptará el vale. ¿Puedo procesar mi nueva mudanza durante la directiva de Refugio en el Lugar? Sí, envíe su Solicitud de aprobación de arrendamiento (RTA) por correo postal, fax, correo electrónico o en el buzón ubicado fuera de nuestra oficina. Estamos ampliando temporalmente el tiempo permitido para ejecutar el contrato HAP.

¿Se realizará una inspección inicial de mi unidad? Sí, estamos haciendo inspecciones en persona para Unidades vacantes únicamente. Si ya se ha mudado, o si vive en un edificio de apartamentos multifamiliar grande donde no podemos realizar una inspección de unidades desocupadas utilizando distanciamiento social, aún podemos realizar una inspección inicial, pero se realizará de forma remota mediante Face Time o Google Dúo. Podemos aceptar temporalmente la autocertificación de propietario/arrendador

¿Puedo solicitar depósitos de seguridad para varias partes del condado? Sí, tenemos fondos disponibles para todas las partes del condado. Llame a nuestra línea de información del Programa de depósito de seguridad al (831) 454-9455, ext. 321.

¿Cómo puedo comunicarme con la Autoridad de Vivienda mientras sus oficinas están cerradas?

Correo electrónico: [email protected]

Centro de llamadas: (831) 454-5955. Lunes a jueves, de 8:00 a 16:30 h. Deje un mensaje y el personal le devolverá la llamada.

FAX
Número de fax principal: (831) 469-3712
Número de fax de administración de la propiedad: (831) 469-0136

Buzón de entrega: Los pagos y documentos se pueden dejar en nuestra oficina en cualquier momento utilizando el buzón ubicado a la izquierda de nuestra entrada principal en 2160 41st Avenida, Capitola 95010.

Especialista en arrendamiento para propietarios: (831) 454-9455, extensión. 217

Llamadas telefónicas

A partir del martes 7 de abril de 2020, la Autoridad de Vivienda ya no recibirá llamadas en nuestras líneas telefónicas principales, pero podrá dejar un mensaje de lunes a jueves de 8:00 a. m. a 4:30 p. m. Si conoce la extensión de su grupo, puede llamar, ya que parte del personal está trabajando en la oficina. Todo nuestro personal (incluidos los que trabajan en la oficina y los que trabajan de forma remota) revisará mensajes y devolverá llamadas durante todo el día. O, para obtener una respuesta más rápida, puede enviarnos su pregunta por correo electrónico a [email protected]. Su correo electrónico será enviado al personal apropiado que dará seguimiento a su pregunta. Estamos experimentando un volumen inusualmente alto de llamadas y solicitudes y estamos haciendo todo lo posible para responder lo más rápido posible.

Adaptación Razonable (RA)

Utilice los formularios de nuestro sitio web para realizar una solicitud especial para una persona con discapacidad. Realice solicitudes lo antes posible y sea específico sobre lo que solicita. No incluya ninguna información sobre un diagnóstico de discapacidad. Asegúrese de que el formulario esté completo antes de enviarlo a la Autoridad de Vivienda. La mayoría de los formularios están disponibles. aquí.

Asegúrese de que los proveedores de atención médica, administradores de casos y/o trabajadores sociales estén al tanto de sus necesidades y sepan que la Autoridad de Vivienda enviará un formulario de verificación a su oficina. Consulte la sección de formularios del sitio web de la Autoridad de Vivienda en Necesidades especiales para encontrar el formulario que mejor se adapte a su situación. Puede comunicarse con el Centro de Información para que le envíen formularios o llamar al (831) 454-9455, ext. 317 y deje un mensaje solicitando que le envíen un formulario.

Comuníquese con nuestro Centro de información al (831) 454-5955 para cualquier otra consulta. También puede enviar un correo electrónico [email protected].

Gracias por su comprensión mientras hacemos nuestra parte para ayudar a frenar la transmisión de COVID-19.

HUD está permitiendo a las PHA cierta flexibilidad durante esta crisis. Hacer clic aquí para obtener una lista de exenciones que la Autoridad de Vivienda ha adoptado.

Última actualización: mayo de 2021