La Autoridad de Viviendas del Condado de Santa Cruz es una agencia pública comprometida a proporcionar servicios esenciales mientras sigue las directivas de salud pública para reducir la propagación del coronavirus. El Condado de Santa Cruz emitió un Refugio en Casa para evitar la propagación de COVID-19. Como resultado de esta directiva, la Autoridad de Viviendas ha suspendido el acceso público a la oficina principal hasta que se levante la directiva de Refugiarse en Casa. A continuación se encuentran respuestas a algunas preguntas frecuentes sobre cómo nuestra Agencia proporciona servicios continuos y cómo trabajar con la Autoridad de Viviendas durante la pandemia. Si tiene preguntas adicionales, no dude en enviarnos un correo electrónico a [email protected] o llámenos al (831) 454-9455.
Actualizado 5.2021

Participantes del Programa
Propietarios
Solicitantes en la Lista de Espera
Familias con Comprobantes que actualmente buscan vivienda
Información de Contacto

Participantes del Programa

¿Cómo informo un cambio en los ingresos o composición en la familia? Los cambios en los ingresos o composición en la familia se pueden enviar por correo, correo electrónico, portal, buzón o fax. Puede utilizar el Portal en línea en nuestro sitio web y seleccionar Portal para residentes (Resident Portal) para enviar los cambios. Si aún no ha recibido un código de registro para el portal, comuníquese con nuestro personal de Elegibilidad y Ocupación. Puede leer Sugerencias para informar de cambios en el portal. Si no puede comunicarse con nosotros utilizando alguna de estas plataformas, llame a nuestro Centro de información al (831) 454-5955 y tomaremos su información por teléfono. También puede usar el formulario para Cambio de Ingresos para informar cualquier cambio de ingresos. La mayoría de los formularios están disponibles aquí. En este momento, puede autocertificarse para un cambio de ingreso o cambio en la composición familiar. Si su familia está experimentando algún cambio, contáctenos para que podamos ajustar su subsidio lo más rápido posible.

¿Qué hago si pierdo mi trabajo debido a COVID-19 (Coronavirus)? Notifique a la Autoridad de Viviendas de inmediato para que su alquiler sea ajustado. A las familias que hayan dejado de trabajar debido a la pandemia se les quitaran los salarios ganados por empleo. Debe informar este cambio para que se pueda llevar a cabo un interino provisional. La fecha efectiva del cambio provisional en sus ingresos entrará en vigencia el primer día del mes después de que nos informe del cambio de ingresos. Cuando informe el inicio de los beneficios del seguro de desempleo, el seguro por discapacidad o ausencia familiar pagada, esos beneficios se agregarán con un Interino separado.

¿Qué sucede si no puedo proporcionar la verificación de mi empleador de un cambio de ingresos? Procesaremos el cambio de ingresos lo antes posible; debido al Refugio en Casa, nosotros estamos aceptando autocertificaciones.

¿Qué sucede si estoy pasando por el proceso de recertificación anual y todavía necesito enviar documentos? Puede utilizar el Portal en línea en nuestro sitio web para su reexamen anual. Seleccione Portal para residentes (Resident Portal). Si aún no ha recibido un código de registro para el portal, comuníquese con nuestro personal de Elegibilidad y Ocupación. Las recertificaciones anuales pueden posponerse. Además, en este momento no estamos solicitando verificaciones para reexámenes anuales, y podemos completar su recertificación anual usando sus autocertificaciones. Nos comunicaremos con usted con una nueva solicitud si aún necesitamos información. Si necesita ayuda para completar su recertificación anual, le ofrecemos completarlo con usted por teléfono.

¿Qué pasa si el propietario aumenta el alquiler del contrato? El propietario y usted deben notificar por escrito a la Autoridad de Viviendas sobre cualquier aumento en el alquiler del contrato; la Autoridad de Viviendas revisará y enviará una notificación por escrito tanto al inquilino como al propietario sobre cualquier cambio en su parte del alquiler.

¿Mi estímulo al desempleo y el estímulo “mejorado” de la Ley CARES se cuentan como ingresos? Si bien los beneficios regulares de desempleo se consideran ingresos, excluiremos el beneficio de $600 por semana proporcionada por la Ley CARES porque estos pagos son temporales / no recurrentes y es probable que finalicen después de que finalice la emergencia pandémica. Los pagos de estímulo pendientes que se realicen directamente a individuos y familias serán excluidos de los ingresos anuales, ya que nuevamente, son pagos temporales / no recurrentes.

¿Necesito formularios; dónde puedo conseguirlos? La mayoría de los formularios están disponibles en nuestro sitio web aquí. O llame a nuestro Centro de información al (831) 454-5955 para solicitar que le enviemos los formularios.

¿Podemos enviar documentos por correo electrónico a la Autoridad de Viviendas? Si. Se le recomienda enviar documentos a través de nuestro correo general a [email protected]. Estos correos electrónicos serán enviados al personal apropiado. Proporcione su información de contacto en su correo electrónico, junto con cualquier pregunta, documento o formulario, para que podamos comunicarnos con usted.

¿Qué sucede si se supone que mi inspección anual debe programarse durante el tiempo de Refugio en Casa? Una vez que se levante la directiva de Refugio en Casa, nos pondremos en contacto con usted para establecer una fecha y hora de inspección.

¿Tengo un Contrato de Autosuficiencia Familiar (FSS) pero la escuela y el trabajo están cerrados; que puedo hacer? Los contratos de participación del FSS pueden recibir extensiones de 2 años utilizando COVID-19 como la “buena causa”. Póngase en contacto con nosotros para analizar una extensión de su Contrato FSS.

¿Vivo en LIPH y tengo un requisito de servicio comunitario / autosuficiencia que no puedo cumplir porque las agencias comunitarias, el trabajo y la escuela están cerrados; que puedo hacer? Los requisitos de servicio comunitario estan suspendidos temporalmente.

¿Puedo dejar de pagar el alquiler u obtener una exención? Los inquilinos aún deben continuar pagando el alquiler a su propietario. También puede ponerse en contacto con defensores legales locales para obtener asistencia, como la Asistencia Legal Rural de California (CRLA). HUD tiene información para inquilinos y propietarios sobre acuerdos de pago y otras soluciones de prevención de desalojos. Haga clic aquí para obtener información.

Moratoria de desalojo de la ciudad de Capitola
Moratoria de desalojo de la ciudad de Santa Cruz
Moratoria de desalojo de la ciudad de Watsonville
Moratoria de desalojo del Condado de Santa Cruz (no incorporado)
Moratoria de desalojo del estado de California

HUD tiene información para inquilinos y propietarios sobre acuerdos de reembolso y otras soluciones para la prevención de desalojos. Haga clic aquí para más información.

¿Qué sucede si necesito más ayuda, obtener alimentos o suministros o atención médica? Actualmente hay muchos programas y servicios nuevos disponibles para ayudar a cualquiera que necesite asistencia durante la pandemia de COVID-19. Llame al “211”, que es un Centro de información administrado por United Way. Pueden informarle sobre programas y servicios para los que puede ser elegible.

Propietarios

Esta nuestra oficina abierta?

Sí, nuestra oficina esta operando, pero esta cerrada al público. El personal esta trabajando remotamente de casa o en la oficina. Puede comunicarse por télefono, carta, email o fax.

(831) 454-9455
[email protected]
Autoridad de Vivienda del Condado de Santa Cruz, 2160 41st Avenue, Capitola, CA 95010
Fax: 831-469-3712
Caja para dejar documentos al lado izquierdo de las puertas del lobby

El portal web requiere una cuenta de correo electrónico; el enlace del portal está en nuestro sitio web en Portales en línea (Online Portals).

Soy un propietario nuevo y necesito información sobre el programa. Por favor llame al (831) 454-9455, ext. 217. La Autoridad de Viviendas está facilitando que los propietarios obtengan asistencia con la documentación o respondan preguntas relacionadas con el Programa de Comprobante de Selección de Vivienda (Sección 8). Si prefiere comunicarse con la Autoridad de Viviendas por correo electrónico, envíe sus preguntas directamente al Departamento de Administración de Propiedades a [email protected]. El Departamento de Administración de Propiedades responderá a sus preguntas por teléfono o correo electrónico dentro de un día laboral. Línea de fax directo: para los propietarios que prefieren enviar documentos por fax, tenemos una línea de fax directo dedicada al Departamento de Administración de Propiedades al (831) 469-0136. Línea telefónica directa: Los propietarios también pueden llamar a la línea telefónica del propietario al (831) 454-9455, ext. 217 para obtener ayuda con cualquier pregunta o hacer un seguimiento de cualquier asunto pendiente. Todas las llamadas a esta línea telefónica serán devueltas el mismo día.

¿Se siguen procesando los aumentos de alquiler?
Y.

HUD tiene información y ejemplos de acuerdos de reembolso para evitar desalojos costosos y trastornantes. Haga clic aquí para ver un volante para propietarios.

Para familias en la lista de espera o que han sido invitados recientemente a enviar su solicitud

¿Estoy en la lista de espera; Cómo le hago saber que mi situación ha cambiado? Todos los cambios a su dirección postal o número de teléfono deben ser informados por escrito. Puede completar y enviar un formulario de condición en la lista de espera para informar los cambios. La mayoría de los formularios están disponibles aquí. También puede enviar sus cambios por FAX, correo postal o al buzón ubicado fuera de la puerta de nuestra oficina.

¿Se estan emitiendo comprobantes nuevos? Si bien las admisiones regulares a la lista de espera estan temporalmente suspendidas, seguimos emitiendo comprobantes asignados a personas sin hogar y comprobantes de programas especiales: incluyendo viviendas de apoyo asistido para veteranos (HUD-VASH), personas sin hogar médicamente vulnerables y discapacitadas, familias sin hogar con niños menores, Shelter Plus Care, jóvenes sin hogar con discapacidad (nuevas raíces) y Programa de Unificación Familiar (FUP). Una vez que la Autoridad de Viviendas esté lista para reanudar las admisiones regulares en la lista de espera, retomaremos el proceso donde lo dejamos y reanudaremos la determinación de su elegibilidad para participar en el programa. Nos pondremos en contacto con usted para que no tenga que llamarnos.

¿Mis documentos deben presentarse durante el cierre de la oficina. Qué tengo que hacer? Puede enviar por correo, fax, correo electrónico o colocar documentos en el buzón de la Autoridad de Viviendas; Si necesita más tiempo, se le otorgarán extensiones.

¿Cuándo se reprogramará mi elegibilidad inicial o la cita informativa? Actualmente estamos realizando estas citas y sesiones informativas por teléfono y nos estaremos comunicando con los solicitantes cuando estemos listos para procesar su solicitud.

Para familias con un comprobante activo, buscando vivienda

¿Tengo un comprobante pero es difícil para mí buscar una nueva vivienda debido al pedido de Refugio en Casa. ¿Me darán una extensión de mi comprobante para poder tener más tiempo para buscar una vivienda nueva? Sí, aquellos comprobantes que aún están activos (búsqueda, recertificaciones actuales) con fechas de emisión anteriores al 1 de enero de 2020 que vencen antes del 1 de diciembre de 2021, se emitirá una extensión de comprobante hasta el 1 de diciembre de 2021. Los titulares de comprobantes que entren en esta categoría recibirán por correo una notificación de esta extensión, con un nuevo RTA. Este es un año adicional de tiempo de búsqueda.

Tengo un comprobante y encontre una vivienda y un propietario que acepta el comprobante. Puedo procesar mi mudanza nueva durante la directiva de Refugio en Casa? Sí, envíe su Solicitud de Aprobación de Arrendamiento (RTA) por correo, fax, correo electronico o dejar en el buzón fuera de nuestra oficina. Estamos extendiendo temporalmente el tiempo permitido para ejecutar el contrato HAP.

¿Se realizará una inspección inicial en mi vivienda? Sí, estamos haciendo inspecciones en persona solo para viviendas vacantes. Si ya se mudó, o si vive en un gran edificio de apartamentos multifamiliares donde no podemos realizar una inspección de la unidad vacante utilizando el distanciamiento social, aún podemos hacer una inspección inicial, pero se realizará de forma remota utilizando Face Time o Google Duo. Podemos aceptar temporalmente la autocertificación del propietario/dueño.

¿Puedo solicitar un Seguro de Depósito para varias partes del condado? Sí, tenemos fondos disponibles para todas las partes del condado. Llame a nuestra línea de información del Programa de Seguro de Depósito al (831) 454-9455, ext. 321

Como puedo comunicarme con la Autoridad de Viviendas mientras sus oficinas están cerradas?

Correo Electrónico: [email protected]

CENTRO DE LLAMADAS: (831) 454-5955. Lunes a jueves de 8:00 a 4:30 p.m. Por favor, deje un mensaje y el personal le devolverá la llamada.

FAX
Número de Fax Principal: (831) 469-3712
Número de Fax de la Administración de Propiedades: (831) 469-0136

CAJA DE BUZÓN: Los pagos y documentos se pueden dejar en nuestra oficina en cualquier momento utilizando el buzón ubicado a la izquierda de nuestra entrada principal en 2160 41st Avenue, Capitola 95010.

Especialista de alquiler para Propietarios: (831) 454-9455, extensión. 217

Llamadas Telefonicas

A partir del martes 7 de abril de 2020, la Autoridad de Viviendas ya no atiende llamadas en nuestras líneas telefónicas principales, pero podrá dejar un mensaje de lunes a jueves de 8:00 a.m. a 4:30 p.m. Si conoce la extensión de la persona que quiere llamar puede marcar esa extensión directamente, ya que algunos miembros del personal trabajan en la oficina. Todo nuestro personal (incluidos los que trabajan en la oficina y los que trabajan de forma remota) estan escuchando los mensajes y devolverán las llamadas durante todo el día. O, para una respuesta más rápida, puede enviarnos su pregunta por correo electrónico a [email protected]. Su correo electrónico será enviado al personal apropiado que hará un seguimiento de su pregunta. Estamos experimentando un volumen inusualmente alto de llamadas y solicitudes, y estamos haciendo todo lo posible para responder lo más rápido posible.

ALOJAMIENTO RAZONABLE (RA)

Utilice los formularios en nuestro sitio web para hacer una solicitud especial para una persona con discapacidad. Haga las solicitudes lo antes posible y sea específico sobre lo que está solicitando. No incluya ninguna información sobre un diagnóstico de discapacidad. Asegúrese de completar el formulario antes de enviarlo a la Autoridad de Viviendas. La mayoría de los formularios están disponibles aquí.

Asegúrese de que los proveedores de atención médica, los administradores de casos y/o los trabajadores sociales conozcan sus necesidades y sepan que la Autoridad de Viviendas enviará un formulario de verificación a su oficina. Consulte la sección del formulario del sitio web de la Autoridad de Viviendas bajo Pedidos Especiales para encontrar el formulario que mejor se adapte a su situación. Puede comunicarse con el Centro de información para que le envíen los formularios, o llame al (831) 454-9455, ext. 317 y deje un mensaje solicitando que se le envíe un formulario.

Comuníquese con nuestro Centro de información al (831) 454-5955 para cualquier otra pregunta. También puede enviar un correo electrónico a [email protected]

Gracias por su comprensión mientras hacemos nuestra parte para ayudar a frenar la transmisión de COVID-19.

HUD le está permitiendo cierta flexibilidad a los PHA durante esta crisis. Haga clic aquí para ver la lista de exenciones adoptadas por la Autoridad de Vivienda.

última actualización: May 2021